1. Concurrirán a los Premios Anuales de la Academia, todas las películas nacionales de largometraje
estrenadas en Argentina en salas comerciales y con taquilla abierta al público, entre el 1 de octubre de 2007
y el 30 de septiembre de 2008, que hayan permanecido en cartel al menos siete días durante ese período
Se entiende por películas nacionales las películas producidas y estrenadas en conformidad con la Ley de
Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional Nro. 17741 y modificatorias.
2. Se concederán los siguientes premios:
1. Mejor Película de Ficción
2. Mejor Película Documental
3. Mejor Ópera Prima
4. Mejor Dirección
5. Mejor Guión Original
6. Mejor Guión Adaptado
7. Mejor Música Original
8. Mejor Fotografía
9. Mejor Sonido
10. Mejor Montaje
11. Mejor Dirección Artística
12. Mejor Diseño de Vestuario
13. Mejor Maquillaje y Caracterización
14. Mejor Actor Protagonista
15. Mejor Actriz Protagonista
16. Mejor Actor de Reparto
17. Mejor Actriz de Reparto
18. Mejor Actor Revelación
19. Mejor Actriz Revelación
3. Se concederá además el Premio a la Mejor Película Extranjera. Concurrirán para el Premio a la Mejor Película
Extranjera, todas las películas extranjeras estrenadas en la Argentina entre el 1 de octubre de 2007 y el 30 de
septiembre de 2008 y que hayan permanecido en cartel al menos siete días consecutivos.
4. El Consejo Directivo podrá conceder un Premio de Honor para la labor de toda una vida o para aquellos
trabajos, relacionados con la producción cinematográfica, que no puedan incluirse en el marco de una de las
especialidades académicas concretas. Cada año sólo podrá concederse uno de estos premios, que deberá
ser votado por las dos terceras partes del Consejo Directivo.
5. Para todas las especialidades el Premio consistirá en una escultura diseñada expresamente para este fin, en
edición exclusiva y numerada. El trofeo corresponderá a la persona que figure como máximo responsable, en
la especialidad correspondiente, en los títulos de crédito de las películas. En ningún caso la candidatura podrá
recaer en empresas, debiendo designar éstas el responsable máximo encargado de la especialidad. En caso
de que hubiera varios responsables, se entregará una sola estatuilla, pudiendo solicitarse autorización a la
Academia para realizar un duplicado del trofeo, siendo de su cargo los gastos de duplicación, no
correspondiendo en ningún caso a la Academia. Se exceptúan los supuestos de los Premios a Mejor Guión
Original, Guión Adaptado, Sonido, Montaje, Dirección Artística y Vestuario en los que se podrán entregar un
máximo de dos estatuillas.
6. Con el fin de asegurar la precisión de los datos relativos a los responsables de cada rubro, la Academia
enviará a los responsables de las películas nominables según lo establecido en el inciso 1 de estas bases, un
formulario donde se deberá especificar la ficha técnica-artística de la película que corresponda. La
información será utilizada por la Academia para confeccionar el catálogo de películas nominables por lo cual
el formulario compilado deberá ser devuelto a la Academia antes del 5 de agosto de cada año. La entrega de
dicho formulario por parte de los productores no es obligatoria y no afecta la participación de la película en los
Premios Anuales. La Academia no se responsabilizará por eventuales errores u omisiones en el catálogo en
caso de no haber recibido en sus oficinas dicho formulario completado.
La Academia organizará la exhibición de las películas inscriptas, comunicando oportunamente a sus
miembros el cronograma de exhibición. Las exhibiciones tendrán lugar durante el periodo que va desde la
convocatoria a la fecha de cierre de la votación de las nominaciones. El visionado de las películas por parte
de los miembros no es obligatorio.
7. En cada rubro sólo pueden ser nominadas las personas que hayan participado de un largometraje nominable,
cualquiera fuera su nacionalidad.-
8. La obtención del premio lleva implícito el ingreso en la Academia, con exención de la cuota de ingreso, toda
vez que lo solicite el ganador del mismo.-
9. Todas las nominaciones recibirán un Diploma acreditativo.-
10. El Premio a la Mejor Película de Ficción corresponderá al productor.-
11. El Premio a la Mejor Opera Prima y a la Mejor Película Documental corresponderá al director.-
Se entenderá como Opera Prima al primer largometraje, documental o de ficción, de uno o más realizadores,
aceptándose, excepcionalmente, el segundo largometraje, si el/los anterior/es fuera/n codirigido/s con uno o
más realizadores.
12. Al premio a la Mejor Dirección podrán acceder indistintamente los directores de películas documentales y de
ficción. -
13. El premio al Mejor Guión se divide en dos categorías: Guión Original y Guión Adaptado. Se considera Guión
Adaptado aquel que está basado en cualquier obra producida o publicada previamente.
14. Al premio a la Mejor Música Original sólo podrán acceder aquellas películas que, teniendo registrada la
música de su banda sonora en SADAIC, al menos el 51% de la misma sea original, incluyendo en este
porcentaje los títulos de crédito de cabecera o de final, según el "cue sheet" depositado en la misma. Aquellos
títulos en los que la música preexistente, de dominio público, popular o de archivo, supere el 49 por ciento del
total de la música, no podrán ser nominados para este premio y en consecuencia los votos que reciban serán
declarados nulos.
15. El premio al Mejor Sonido y al Mejor Montaje será adjudicado a aquella persona (o personas) designadas en
la ficha técnica de la película como responsable (o responsables) del sonido y del montaje, respectivamente.
La Comisión de Sonido y Montaje de esta Academia certificará la responsabilidad de los designados. El
premio se otorgará a la versión estrenada en la República Argentina.
16. El premio a la Dirección de Arte corresponderá a quien o quienes figuren con ese crédito en la ficha técnica
de la película.
17. El premio al Mejor Diseño de Vestuario corresponderá a quien o quienes figuren como responsables del
diseño y/o coordinación del mismo.
18. El premio al Mejor Maquillaje y Caracterización corresponderá a quien o quienes figuren como responsables
del mismo o de su coordinación.
19. Los Premios al Mejor Actor/Actriz Revelación, se otorgará a aquellos actores/actrices noveles que hayan
destacado por su primera interpretación cinematográfica pudiendo ser protagonistas, co-protagonistas o
secundarios. Para facilitar el voto en esta categoría en la fase de nominaciones, el Consejo Directivo de la
Academia podrá proponer a los Miembros una lista de candidatos plausibles de ser considerados “revelación”
entre los intérpretes de las películas nominables.
20. El Consejo Directivo pondrá a disposición de los Miembros votantes el listado de actores de las películas
nominables y sus respectivas categorías, a fin de facilitar la elección para los rubros Mejor Actor/Actriz
Protagónica y Mejor Actriz/Actor de Reparto
21. Las votaciones para los Premios Anuales de la Academia quedan reservadas exclusivamente a sus Miembros
con derecho a voto de acuerdo a los estatutos, y serán sometidas a actuación notarial.
22. La votación se podrá realizar:
- Vía postal a una casilla de correo con franqueo pagado.
- Mediante depósito en una urna existente en el domicilio del Notario interviniente y en la oficina de la
Academia.
23. Las votaciones se realizarán en dos fases. En la primera fase la totalidad de los Miembros de la Academia
con derecho a voto según los estatutos, elegirán cuatro nominados por cada premio detallado en el inciso 2
de las presentes bases.
24. Salvo en el caso de los Premios a las Mejores Interpretaciones cuyo procedimiento se determina en el inciso
26, no figurarán en las boletas nombres de personas, sino únicamente el título de la película en la que se
haya realizado la labor que se quiere votar.
25. Cada votante elegirá un máximo de cuatro títulos diferentes en cada especialidad, sin que el orden con que
figuren en la boleta suponga preferencia alguna. Aquellos títulos que hayan recibido más votos formarán la
nominación correspondiente.
26. Para los premios de interpretación se indicará el nombre del actor o actriz y el título de la película por cuya
labor se le vota. No resultará válido el voto por más de un título ni por el conjunto de la labor en el año.
Ningún actor podrá ser elegido si su voz ha sido doblada por otro actor. En los casos de películas con
canciones, éstas podrán haber sido dobladas, a no ser que constituyan la parte esencial del papel.
27. Si a la hora del recuento de nominaciones apareciera dos o más veces el nombre de la misma persona,
votado en la misma especialidad por distintas películas, el Notario deberá incluirlo sólo una vez en la
nominación, y precisamente por la película por la que hubiera recibido más votos, descartando la otra u otras,
para dar paso al nombre siguiente en número de votos.
Así mismo, una persona podrá estar nominada en más de una ocasión, por diferentes labores en distintas
especialidades, si obtuviera los votos necesarios para ello. Por ejemplo, un director podrá ser nominado
como director y como guionista por una misma película o por distintas películas.
28. Un actor o actriz podrá aparecer nominado como intérprete protagonista y como intérprete de reparto,
simultáneamente, por distintas películas.
Si a la hora del recuento de las nominaciones un actor o una actriz aparecieran votados por una misma
película ya sea como Interpretación Masculina Protagonista o Interpretación Femenina Protagonista y como
Interpretación Masculina de Reparto o Interpretación Femenina de Reparto, respectivamente, el Notario
deberá incluirlo en la categoría en la que haya recibido mayor número de votos.
Sin embargo, si un actor o una actriz aparecieran nominados en la categoría Revelación Masculina o
Revelación Femenina, por un film, pueden ser también nominados como Actor Protagonista o Actriz
Protagonista o Actor de Reparto o Actriz de Reparto respectivamente, por el mismo film siempre que hubiese
recibido los votos necesarios para ello.
29. Una misma película puede ser nominada como Mejor Película de Ficción y Mejor Opera Prima o Mejor
Película Documental y mejor Opera Prima, siempre que hubiese recibido los votos necesarios para ello.
30. La Academia pondrá a disposición de sus Miembros, un Catálogo de Películas Nominables con la lista de las
películas que cumplan con lo establecido en el inciso 1 de las presentes bases con sus fichas técnicas y
artísticas que podrán ser consultadas en el sitio web de la Academia (www.academiadecine.org.ar) o en la
sede de la Academia, Moreno 1199 de Lunes a Viernes de 14 a 17 horas, con el objeto de facilitar a los
Miembros de la Academia la más completa información.
31. Las nominaciones para el Premio a la Mejor Película Extranjera serán decididas por una Comisión
especialmente designada para tal fin por el Consejo Directivo de la Academia.
32. Las nominaciones se harán públicas por orden alfabético.
33. En la segunda fase de la votación, la totalidad de los Miembros de la Academia con derecho a voto según los
estatutos, elegirán los Premios de todos los rubros detalladas en los incisos 2 y 3 de las presentes bases, de
acuerdo con las nominaciones establecidas en la primera fase de votación.
34. Las boletas para la votación final llevarán impresos por orden alfabético los cuatro nombres correspondientes
a cada nominación, y la votación se realizará eligiendo uno solo de ellos. La elección de más de una opción
invalidará las boletas en lo que a ese premio se refiere.
35. En cualquiera de las fases de votación, cada Miembro de la Academia con derecho a voto, una vez rellenadas
las boletas y sin firmarlas ni poner ningún dato que pudiera permitir su identificación, las devolverá por correo
en un sobre dirigido al Notario que le habrá sido facilitado junto con las Boletas. Las votaciones realizadas en
boletas diferentes a las facilitadas por la Academia se considerarán nulas.
36. Las nominaciones se dará a conocer en el mes de octubre de cada año y la Ceremonia de Entrega de los
Premios Anuales se realizará en el mes de diciembre de cada año.
Dos semanas antes del envío de las boletas y sobres de votación de las nominaciones, la Academia hará
llegar a sus Miembros el cronograma de votación estableciendo:
la fecha de cierre del padrón
la fecha de cierre de la votación
el plazo durante el cual se exhibirán las películas inscriptas.
37. En caso de empate, se compartirá la nominación o el Premio. Si se trata de un Premio, cada premiado
recibirá su trofeo correspondiente.
En caso de un múltiple empate en la primera fase de votación que no permitiera establecer un máximo de
cuatro nominaciones en alguna categoría, el Consejo Directivo podrá decidir aumentar o disminuir el numero
de nominados en esa categoría solicitando al Notario un detalle de las condiciones de empate para luego
poder expedirse al respecto.
38. Para la fase de nominaciones, el Notario efectuará una sola acta en la que figurarán únicamente y por orden
alfabético, los nombres de las personas y los títulos de las películas que componen las cuatro nominaciones,
sin expresar el número de votos recibidos ni contener ningún otro título o nombre, aparte de los cuatro más
votados. Dicho documento será entregado por el Notario al Presidente de la Academia, en sobre cerrado,
durante una reunión de Consejo Directivo dispuesta para ese fin. Una vez comprobado que todos los
resultados se ajusten a lo dispuesto por estas bases, el Presidente de la Academia podrá fijar la fecha y la
modalidad del acto donde dichas nominaciones se harán públicas.
Asimismo el Notario confeccionará un acta para los Ganadores de los Premios, expresando únicamente el
título de la película y el nombre del premiado (o premiados), sin que figure el número de votos recibidos ni
ningún otro dato. Esta acta será entregada por el Notario al Presidente de la Academia o persona designada
por él, en el mismo momento de la entrega de los galardones, en sobre cerrado junto a 20 sobres individuales
con los nombres de los ganadores en cuyo exterior figurará únicamente el premio correspondiente.-
39. El Escribano interviniente podrá informar al Consejo Directivo de la Academia, si éste lo requiriese, el detalle
de todos los votos registrados en cualquiera de las fases de votación. En el caso de la votación de los
Ganadores del Premio, el Consejo Directivo sólo podrá requerirlo después de la entrega de los galardones.
40. El Consejo Directivo de la Academia velará en todo momento por la transparencia de cada votación. Las
boletas serán impresas, selladas y firmadas por la persona a cargo de la Secretaría Técnica de la Academia y
por el Notario interviniente.-
41. El Consejo Directivo será la máxima autoridad en todo lo concerniente a la selección de las películas y el
desarrollo del acto electoral.
42. En caso de conflicto el Consejo Directivo es el único órgano capacitado para interpretar estas bases y sus
decisiones serán inapelables.
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